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Año nuevo, criterios nuevos
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Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
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Año nuevo, criterios nuevos |
Por Pablo Adrián Garbarino |
El
primer número del suplemento del año 2015 nos encuentra
renovados: se han incorporado al equipo de trabajo las Dras.
Carolina Petraglia y Noelia Amendola Ares, quienes se suman a
nuestro fiel colaborador, el
Dr. Martin González Seoane El
número contiene,
en lo que hace a los aportes doctrinarios, sendos
comentarios a fallos de
Tribunales Federales donde se discuten aspectos
eminentemente constitucionales, desde una faz novedosa y
original. En
el primero de ellos, a cargo de las Dras. Noelia Améndola
Ares y Mariángeles Schell, se analiza la naturaleza jurídica
de la Tasa de Vialidad de la Municipalidad de Monte, en
contraposición al Impuesto a los Combustibles Líquidos, en
el cual el Juzgado actuante, siguiendo el criterio sostenido
en forma inveterada por la Corte Suprema de Justicia de la
Nación en los conocidos precedentes “Compañía Química”
y “Laboratorios Raffo”, declara la inconstitucionalidad
de la misma, siendo el primer caso en la Provincia de Buenos
Aires. Por
su parte, comentamos un fallo del Juzgado Federal de Neuquén,
donde se declara, también
por primera vez, la inconstitucionalidad
de las facultades de la Administración Federal de Ingresos Públicos
para imponer multas a los contribuyentes, por constituir
sanciones de eminente naturaleza penal, conforme fuera señalado
en reiteradas ocasiones por el Alto Tribunal, el que
seguramente va a tener la última y necesaria opinión en
este caso, de notable trascendencia institucional En
el apartado de jurisprudencia nacional se incluyen
importantes sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación, de la Cámara en lo Contencioso Administrativo
federal, del Tribunal Fiscal de la Nación y de Tribunales
Federales del resto del país, en temas que a nuestro
criterio revisten suma importancia en el aspecto tributario. Comenzamos
un nuevo año, en el que deseamos que brille en su máximo
esplendor la antorcha de la Constitución Nacional por sobre
el imperio de las necesidades recaudatorios, que pretenden
olvidarla.
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